
Es evidente la forma en que han evolucionado nuestras formas de consumir contenido de entretenimiento, llámese una película, una canción, un libro, o un programa de tv. De los elementos mencionados por supuesto existen sus derivados y variantes. El punto a considerar es que hoy día todo ese tipo de contenidos pueden converger en un solo dispositivo o en un solo servicio sin más.
Actualmente muchos de nosotros contamos con algún tipo de dispositivo o servicio que nos permite almacenar todo tipo de contenido en formato digital. Podemos citar a manera de ejemplo un Smartphone, reproductores portátiles como el iPod o tabletas, todos ellos dispositivos de uso muy común hoy día.
Sin embargo mucho de lo que llevamos dentro de dichos gadgets a veces lo compramos en alguna tienda digital como iTunes o en Amazon, quizá alguna otra. Pero qué pasa si queremos pasarle ese dispositivo con contenido comprado a otra persona.
Enfocándonos en el contenido que dejamos incluido en el dispositivo, esto viola los términos y condiciones a los que nos sometimos cuando aceptamos la compra. Y eso quiere decir que “no compramos una obra, solo pagamos una licencia para nuestro uso personal”, indica el abogado Matthew Strain de la firma Strain-Keville.
Un hecho que pone en tela de juicio nuestros derechos de adquisición sobre aquello que hemos comprado legalmente con algún proveedor digital, expone las desventajas de este tipo de bienes.
No resulta tan fácil como traspasar bienes, el traspasar contenido digital. Automáticamente estamos incurriendo en un delito, así como también perdemos garantías o privilegios al suministrar nuestras cuentas de acceso a terceros.
Ahora dejemos de lado los dispositivos de almacenamiento propios, y pongamos atención a los servicios de almacenamiento ajenos, “la nube”. Todo aquello que podemos acceder desde casi cualquier lugar del mundo a través de una conexión a Internet. Una maravilla, pero asumiendo lo peor, al llegar el fin de nuestra existencia en este mundo, se supone que el contenido a esos almacenes digitales solo puede ser accesado por sus respectivos dueños. Lo cual despierta una disyuntiva sobre los derechos de “arrendamiento” del servicio al querer ceder voluntariamente dichos beneficios
¿Dicho contenido sería eliminado hasta pasado un tiempo o legalmente puede ser reclamado? Según los términos y condiciones ya no serían de nadie si el titular dejase de existir.
Fuente: Which? Conversation
Imagen: zdnet
Actualmente muchos de nosotros contamos con algún tipo de dispositivo o servicio que nos permite almacenar todo tipo de contenido en formato digital. Podemos citar a manera de ejemplo un Smartphone, reproductores portátiles como el iPod o tabletas, todos ellos dispositivos de uso muy común hoy día.
Sin embargo mucho de lo que llevamos dentro de dichos gadgets a veces lo compramos en alguna tienda digital como iTunes o en Amazon, quizá alguna otra. Pero qué pasa si queremos pasarle ese dispositivo con contenido comprado a otra persona.
Enfocándonos en el contenido que dejamos incluido en el dispositivo, esto viola los términos y condiciones a los que nos sometimos cuando aceptamos la compra. Y eso quiere decir que “no compramos una obra, solo pagamos una licencia para nuestro uso personal”, indica el abogado Matthew Strain de la firma Strain-Keville.
Un hecho que pone en tela de juicio nuestros derechos de adquisición sobre aquello que hemos comprado legalmente con algún proveedor digital, expone las desventajas de este tipo de bienes.
No resulta tan fácil como traspasar bienes, el traspasar contenido digital. Automáticamente estamos incurriendo en un delito, así como también perdemos garantías o privilegios al suministrar nuestras cuentas de acceso a terceros.
Ahora dejemos de lado los dispositivos de almacenamiento propios, y pongamos atención a los servicios de almacenamiento ajenos, “la nube”. Todo aquello que podemos acceder desde casi cualquier lugar del mundo a través de una conexión a Internet. Una maravilla, pero asumiendo lo peor, al llegar el fin de nuestra existencia en este mundo, se supone que el contenido a esos almacenes digitales solo puede ser accesado por sus respectivos dueños. Lo cual despierta una disyuntiva sobre los derechos de “arrendamiento” del servicio al querer ceder voluntariamente dichos beneficios
¿Dicho contenido sería eliminado hasta pasado un tiempo o legalmente puede ser reclamado? Según los términos y condiciones ya no serían de nadie si el titular dejase de existir.
Fuente: Which? Conversation
Imagen: zdnet
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